Médiation de la consommation
DISPUTAS – MEDIACIÓN DE CONSUMO
En caso de disputa entre el Cliente y la empresa, se procurará resolverla amistosamente (el Cliente enviará una queja por escrito al profesional o, en su caso, al Departamento de Atención al Cliente del profesional).
En ausencia de un acuerdo amistoso o si el profesional no responde dentro de un plazo razonable de un (1) mes, el consumidor Cliente, según se define en el Artículo L.612-2 del Código del Consumidor, tiene la opción de someter el asunto gratuitamente, si persiste el desacuerdo, al mediador competente registrado en la lista de mediadores establecida por la Comisión de Evaluación y Control de Mediación del Consumidor de conformidad con el Artículo L.615-1 del Código del Consumidor, a saber:
La Sociedad Profesional de Mediación
http://www.mediateur-consommation-smp.fr
Alteritae, 5 rue Salvaing, 12000 Rodez
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